LSuy ante la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes

¿Incentivos fiscales para los ensayos clínicos sin garantías para las personas?

El miércoles 28 de octubre LSuy compareció ante la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes, invocando la representación de las más de 22.500 adhesiones, para advertir sobre los riesgos de promover por ley la investigación clínica mediante beneficios fiscales, sin contar previamente con un marco legal que proteja los derechos de quienes participan en ella.

Primero los privilegios para los inversores. ¿Y las garantías para las personas?

El proyecto pretende incentivar económicamente una actividad cuya regulación descansa en un sistema institucional débil, fragmentado y establecido por decretos, ordenanzas y otras normas de rango inferior al legal.

Los pedidos de información realizados por LSuy al MSP revelan carencias que no pueden ignorarse: no se ha demostrado que la Comisión Nacional de Ética en Investigación ni los comités de ética institucionales, todos creados por decreto, tengan capacidad para afrontar un aumento significativo de los ensayos clínicos.

Más grave aún: el propio Decreto 158/019 previó la creación de un grupo de trabajo para establecer un sistema de cobertura de tratamientos e indemnización por daños a los participantes. El MSP confirmó que ese grupo de trabajo no existe. Tampoco existe el sistema de indemnización que debía proyectar.

La comparación con la experimentación animal es difícil de ignorar: Uruguay tiene desde 2009 una ley específica que regula esa actividad, establece autoridades y contempla garantías. Para la investigación con seres humanos no existe un régimen legal integral equivalente.

Pero hay otro riesgo: si primero se otorgan beneficios fiscales y luego se intenta corregir las deficiencias regulatorias, Uruguay podría quedar expuesto a reclamaciones internacionales de inversores que invoquen los tratados de protección de inversiones. ¿Vamos a condicionar la protección de la salud pública a las expectativas de rentabilidad de las corporaciones?

No cuestionamos la investigación científica. Cuestionamos que se privilegie la atracción de inversiones por encima de los derechos humanos, la seguridad y la protección de quienes ponen su cuerpo al servicio de la investigación y de los investigadores nacionales que serán responsabilizados de los fallos.

Nuestra posición es clara: primero las garantías, después los incentivos. Por eso solicitamos eliminar el apartado 4.4.8 del proyecto hasta que se apruebe una ley marco integral que proteja a los participantes. Subsidiariamente, pedimos que el asunto sea estudiado por la Comisión de Salud y Asistencia Social.

Para conocer los argumentos, la documentación y las advertencias que presentamos ante los legisladores, ver el acta taquigráfica de nuestra comparecencia disponible aquí.

Una discusión que no puede quedar reducida a cifras de inversión y beneficios fiscales: está en juego la protección de las personas y la soberanía normativa del país.

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