Desde 2024 empezaron a contactarnos familias porque la policía les entregaba cedulones judiciales obligándolas a comparecer ante un juez para acreditar la vacunación de sus hijos por supuesta vulneración de sus derechos.
Algunas, que rechazan la vacunación, lograron frenar el avance presentando cartas fundamentadas, y sus casos no prosperaron. Pero otras no tuvieron la misma suerte: fueron judicializadas. A la fecha tenemos conocimiento de al menos siete procesos en curso.
El dato clave no tardó en aparecer: todas las denuncias parten del mismo origen: el prestador de salud donde se atienden los niños.
Entonces surgen preguntas incómodas: ¿por qué? ¿Qué cambió?
La respuesta está en las “metas asistenciales” que son incentivos económicos que el Ministerio de Salud Pública (MSP) otorga a los prestadores de salud por el cumplimiento de objetivos concretos orientados a mejorar la calidad de la atención. Establecidas en la ley que creó el Sistema Nacional Integrado de Salud, se revisan y actualizan periódicamente —habitualmente cada dos años— en función de las prioridades sanitarias y los resultados observados. En las metas del bienio 2024-2025, que coincide con las denuncias presentadas ante los juzgados, se introdujo un indicador específico para medir el esfuerzo de cada prestador por lograr aumentar su tasa de cobertura del esquema vacunal. Ver instructivo, págs. 17 a 22: “Indicador 1.4) COBERTURA VACUNAL DEL ESQUEMA OBLIGATORIO”.
Es decir: se instala un incentivo económico directo para los prestadores que aplican las vacunas indicadas por el MSP.
A la luz de esto, el relato del “interés superior del niño” empieza a resquebrajarse. Lo que se presenta como protección de derechos encubre, en los hechos, un mecanismo de presión institucional donde ASSE y prestadores como CAMEC tienen un interés concreto en aumentar sus indicadores. Y cuando ese objetivo no se cumple, aparece la denuncia y, detrás, el aparato judicial como herramienta de coerción.
No estamos ante casos aislados. Estamos ante un patrón. Frente a esto, los abogados que defienden esas familias, se organizaron en un colectivo que al compartir conocimiento y estrategias, consolidaron un equipo experto.
Un sistema donde la decisión médica deja de ser un vínculo clínico y pasa a estar mediada por métricas, incentivos y sanciones. Donde el desacuerdo de una familia no se discute: se judicializa.
Frente a esta situación, el 30 de abril presentamos una denuncia ante la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) para poner en evidencia el conflicto de interés estructural que atraviesa todos estos casos.
No se trata solo de decisiones clínicas ni de protección de derechos: están en juego intereses institucionales concretos de los prestadores y del propio MSP.
Un ejemplo que detallamos en la denuncia lo deja en claro. En uno de los procesos judiciales, el MSP mandató a declarar a la directora de la Unidad de Inmunizaciones —integrante además de la Comisión Nacional Asesora de Vacunaciones— para defender la vacunación. Lo hizo sin que se transparentara un elemento clave: su rol simultáneo como tesorera del Comité de Vacunas de la Sociedad Uruguaya de Pediatría, que recibe financiamiento de los fabricantes de vacunas. Ver afiches de sus actividades entre 2016 y 2024 con los logos de los laboratorios, aquí.
Es decir, quien comparece como “voz técnica” no es una figura neutral, sino una persona inserta en estructuras que promueven activamente la política vacunal y en otras con respaldo de los proveedores de las vacunas.
Cuando quienes diseñan, promueven y evalúan una política son, al mismo tiempo, quienes la defienden en sede judicial sin declarar sus vínculos con la industria, el problema deja de ser individual. Pasa a ser institucional.
Y en ese terreno, hablar de “interés superior del niño” sin exponer estos entramados no es una garantía de derechos: es, como mínimo, una omisión grave.
El 6 de mayo fuimos convocados por el equipo de Denuncias de la INDDHH. La delegación de LSuy estuvo integrada por uno de los asesores letrados que conforman el equipo constituido por los que patrocinan los casos denunciados. La denuncia quedó registrada por expediente identificado con el número 2026/1/38/0000540. El texto está disponible aquí.
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