Cuando la «competitividad» encubre el colonialismo farmacéutico sin anestesia

El Proyecto de Ley de Competitividad y Reducción del Costo de Vida es una iniciativa de 240 artículos presentada por el Poder Ejecutivo al Legislativo. Según su exposición de motivos, su objetivo es reducir los precios de la canasta básica, disminuir los costos de gestión estatal mediante la desburocratización y la digitalización, y promover la libre competencia. El texto introduce modificaciones en materia de trámites administrativos, comercio exterior, defensa de la competencia e inversiones.

Durante la presentación, la ministra de Salud Pública, Cristina Lustemberg, sostuvo que «la salud no es solo una política social, sino también una política de desarrollo», y afirmó que «un país más saludable es más competitivo y productivo».

Sin embargo, al llegar al final del articulado aparecen disposiciones que poco o nada tienen que ver con esos objetivos declarados.

Bajo el último apartado, «4.4.8: Promoción de la investigación clínica», se declara de interés nacional el desarrollo de la investigación clínica en Uruguay y se crea un régimen de incentivos fiscales para esa actividad. Además, se promueve la integración regional para facilitar la participación en experimentos colaborativos y se impulsa la creación de un Plan Nacional de Capacitación en Investigación Clínica.

La inclusión de este apartado plantea una pregunta evidente: ¿qué relación guarda la investigación clínica con la reducción del costo de vida, la baja de los precios de la canasta básica o la simplificación de trámites estatales?

El proyecto no establece mecanismos que garanticen que los eventuales beneficios comerciales derivados de esos ensayos se traduzcan en acceso preferencial, reducción de precios o ventajas concretas para quienes participan en ellos o para la población uruguaya en general.

Tampoco aborda de forma específica las garantías para quienes participan en las investigaciones. En los países desarrollados donde se realizan ensayos clínicos existen mecanismos obligatorios de cobertura o compensación frente a lesiones y daños derivados de la investigación. Sin embargo en Uruguay eso quedaría fuera de esta ley, puesto que este proyecto no incorpora disposiciones en ese sentido y sólo concentra sus esfuerzos en atraer inversores para esta actividad. Cabe preguntarse si la Comisión Nacional de Ética de Investigación del Ministerio de Salud Pública fue consultada para elaborar esta iniciativa. ¿O fue tratada con la misma consideración que la comisión que intervino en el caso Miralles?

La pregunta de fondo sigue abierta: si el objetivo es reducir el costo de vida de los uruguayos, ¿por qué un proyecto con ese título termina dedicando sus últimos artículos a promover y subsidiar la experimentación con seres humanos, tratados como simples sujetos de investigación y no como verdaderos socios con derecho a participar de las ganancias que contribuyen a generar?

¿Qué quiso decir exactamente Lustemberg cuando afirmó que la salud también es una política de desarrollo? ¿Desarrollo para quién? ¿Para los pacientes, para el sistema sanitario nacional o para una industria global que busca reducir costos y reclutar más participantes para sus experimentos? En Uruguay no se puede comercializar con sangre, órganos, óvulos ni esperma. Sin embargo, esta propuesta macabra convierte al uruguayo entero en moneda de cambio.

Esta iniciativa aparece sospechosamente vinculada al proyecto de ley que prevé la incorporación de Uruguay al Instituto Internacional de Vacunas. Al mismo tiempo, la Sociedad Uruguaya de Pediatría —una organización que mantiene vínculos de financiamiento con la industria farmacéutica— integra la Comisión Nacional Asesora de Vacunas del Ministerio de Salud Pública, con voz y voto en las decisiones sobre la incorporación de vacunas al esquema nacional, todas las dirigidas a niños y hasta a las embarazadas. Paralelamente, la Comisión Nacional de Ética en Investigación autoriza ensayos clínicos sobre esas mismas poblaciones. Todo ello ocurre en un contexto de limitada transparencia pública, donde el acceso a la información sobre deliberaciones, fundamentos y eventuales conflictos de interés continúa siendo insuficiente para una adecuada rendición de cuentas.

¿Qué posición adoptarán los legisladores cuando llegue el momento de votar estos artículos? En pandemia se sacaban fotos con el brazo descubierto recibiendo la vacuna, como símbolo de confianza y cercanía con la gente. ¿Podrán sostener ese mismo gesto ahora con la investigación clínica, al aprobar una ley que, en nombre de la competitividad, se aparta de su propio objetivo ya desde el título: «reducir el costo de vida» del pueblo que representan?


8 comentarios sobre “Cuando la «competitividad» encubre el colonialismo farmacéutico sin anestesia”

  1. Le pregunto a los legisladores, le consultaron a la ciudadanía si está de acuerdo con estos experimentos? La salud es un tema muy delicado y no pueden decidir que las personas se exoongan a estos ensayos. Es hora de que dejen los intereses económicos y que vean por el bienestar de las personas, o por lo menos que no nos expongan a este tipo de cosas. Recuerden que los ciudadanos somo quienes pagamos sus sueldos.

  2. por supuesto que no estoy de acuerdo otra viveza para recaudar, llena de palabras elegantes para confundir al menos instruido, basta ya de lucrar con el pueblo uruguayo, haber si hay alguien que piense un poco con los pies en la tierra, no piensan que un día pasarán frente al juez supremo y recibirán su merecido deshonestos, embaucadores.

  3. Es impresionante la velocidad con la que avanzan los intereses de las empresas farmacéuticas, que al día de hoy tienen mayor poder económico e influencia que muchos países.

    Y lo peor es que los «representantes de la ciudadanía» no defienden a quiénes los designaron como tales.

    El escenario es tan grotesco, y los «representantes» (legisladores) tan faltos de valores moralees y éticos, que supera todo antecedente y películas de ficción.

    Y el pueblo ni se entera, hipnotizado con la prensa y TV, y los sigue elogiando y votando.

    Pero peor aún, porque no es algo meramente regional, sino que es un patrón que se verifica a nivel global en menor o mayor medida.

  4. está propuesta solo es para beneficiar a las farmaceuticas,y no para la población , eso está claro ,y el pueblo debe empezar a ver cómo manipulan y meten miedo,además que está todo conectado , plata ,con una población neofita y con respecto a salud , pero no todo está perdido , demos la batalla desde nuestro lugar , desde nuestra casa , en las escuelas , en los trabajos ,en las familias , peleamos con inteligencia,juntos ,como un bloque ,sin división , sin partidos políticos ,solo defendiendo a muertos hijos y hermanos , padres ,y a los más vulnerables como los ancianos , Uruguay se puede todavía hacer algo!!!

  5. Valoro el carácter informativo del artículo, pero cabe señalar algunos detalles que no se condicen con la realidad.

    -Uruguay carecería de mecanismos de indemnización por daños causados por ensayos.
    FALSO
    -La regulación uruguaya ya contempla indemnización y garantías frente a daños derivados de investigación clínica.

    -Los participantes quedarían tratados simplemente como “sujetos experimentales”
    FALSO
    Existen consentimiento informado, evaluación ética, derecho a retirarse, protección y seguimiento, entre otras garantías.

    -No existen beneficios garantizados para quienes participan.
    FALSO.
    -El Decreto 158/019 exige contemplar beneficios derivados de la investigación y, para investigaciones extranjeras, compromisos y ventajas para los participantes y el país. Eso no equivale, sin embargo, a compartir beneficios empresariales.

    Creo que la pregunta más importante de responder sería: ¿Qué beneficios obtiene Uruguay (como país) a cambio de la exoneración fiscal que se hace a las farmacéuticas?

  6. La cuestión que corresponde discutir, entonces, no es si Uruguay debe desarrollar investigación clínica, sino bajo qué condiciones. Si el Estado decide utilizar recursos públicos e incentivos fiscales para atraer investigación financiada por la industria, debe establecer con igual claridad qué beneficios obtiene Uruguay, qué protección reciben los participantes y cómo se gestionan los conflictos de interés. Atraer inversión no puede ser el único objetivo: también debe quedar demostrado cuál es el retorno para la sociedad que asume los costos y los riesgos.

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