¿Tenés que tramitar el carné de salud ( o chip sanitario) en Uruguay?

TENÉ EN CUENTA QUE:

En su resolución 856 del 2020 la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo de Uruguay, recomienda al MSP que retire del protocolo del CS todo lo que no haya sido establecido por ley. Es decir: las imposiciones por decreto son inconstitucionales e inaplicables. Y esto incluye a la mayoría de las vacunas.

Debido a que el Control de Salud fue creado por decreto 274/017, todo lo que incluye es OPCIONAL.

El documento completo de 14 páginas está disponible aquí. A continuación se presenta la página 11: