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Aporte legislativo

Hasta el 2 de junio de 2020 estuvo abierta la convocatoria a realizar aportes en el Programa de Modernización Legislativa (PROMOLE) del Poder Legislativo de Uruguay:

Desde LSUy se solicitó la derogación de la ley 9697 (carné de salud) y los decretos-leyes 14852 (carné de salud del niño) y 15272 (vacunación obligatoria). Además se solicitó que la ley 17042 que establece un día libre para la realización de PAP y mamografía a las trabajadoras, se extienda a TODOS los trabajadores y para cumplir el mandato constitucional del art.44 que nos impone a TODOS la obligación de cuidar nuestra salud.


bandera de mysu

En octubre de 2019 se realizó una nueva edición de la Jornada Nacional por la Salud y los Derechos Sexuales y Reproductivos. Este año llevó el nombre “Avanzar sobre lo logrado”. La actividad fue organizada por Mujer y Salud en Uruguay (MYSU) en coordinación con el PIT-CNT. Ver nota aquí.

Con una gran participación de ciudadanos comprometidos se elaboró la plataforma sobre salud, educación y derechos sexuales y reproductivos Uruguay 2020-2024. La misma está disponible aquí.

Entre las importantes propuestas allí documentadas, en la página 12 se expresa la siguiente acción alineada con la central sindical:

«Evitar la medicalización de la salud suprimiendo medidas obligatorias impuestas para el ejercicio del derecho al trabajo o la educación porque no respetan la libertad de decisión y autonomía de las personas. En tal sentido, deberían derogarse los decretos que imponen el carné de salud y medidas diagnósticas obligatorias«.

denuncia ante la INddhh

En el día de ayer, 10 de enero de 2020, fuimos recibidos por el grupo de Denuncias nro 1 ante el cual denunciamos los 35 despidos en el Hospital Pasteur que desendenarían una severa auditoría de los carnés de salud de sus más de 2000 funcionarios, entre públicos y contratados.

6/1/2020: Comunicado

Con honda preocupación tomamos conocimiento del despido de 35 trabajadores del Hospital Pasteur por supuestas irregularidades constatadas en sus carnés de salud.

El carné de salud contiene datos de salud de su titular. La ley 18331 de protección de datos personales en su artículo 18 establece que los datos de salud son de carácter sensible, especialmente protegidos e impone que “Ninguna persona puede ser obligada a proporcionar datos sensibles”. No se pueden considerar falsos los datos privados que el usuario no está obligado a divulgar y que además no deberían constar en un documento público como es el carné de salud.

La OIT en su recomendación Nº 200 establece que no se puede realizar investigación de VIH-SIDA por razones de empleo y es por esa razón que ese test se ofrece sólo para realización voluntaria en el protocolo del carné de salud. Si la OIT supiera que en Uruguay se discrimina a los trabajadores por el carné de salud y es una causal para su despido, recuperaríamos el sitial de privilegio en su lista negra. El carné de salud no existe en ninguna parte del mundo. Cualquier ciudadano uruguayo que trabaje o haya trabajado en el exterior puede dar cuenta de ello

El carné de salud es contrario al previo consentimiento informado para cualquier diagnóstico o tratamiento. Dicho derecho está establecido en el artículo 11 de la ley 18335 de los derechos de los pacientes y usuarios de servicios de salud, el capítulo III del decreto 274/010 que la reglamenta y el artículo 5 del decreto 274/017 que creó el control de salud (ex carné de salud). La ley 19286 del código de ética médica vigente desde 2014 obliga a los médicos a respetar ese derecho, por lo que no se puede hablar de falsificación si el médico no tenía los análisis porque el usuario pudo haberlos rechazado al amparo de la normativa citada.

En Uruguay las personas con discapacidad tienen derecho al trabajo al amparo de la ley 18651 y otras. Las personas sin discapacidad no deberían ser discriminadas y menos aún privadas de ejercer su derecho humano al trabajo. Las mujeres son sometidas a una doble discriminación porque se les exige dos tests adicionales, lo cual es contrario a la ley 18104 de igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres.
El control o carné de salud debe ser abolido porque constituye un documento eugenésico por el cual se coaccionan y discriminan ciudadanos. El despido de esos 35 trabajadores constituye una vulneración flagrante a sus derechos individuales

Aspiramos a que las autoridades del Pasteur reconsideren la injusta situación que desencadenaron y reintegren los 35 trabajadores a la brevedad.

5/12/2019: Sidney, Australia

Los chequeos obligatorios comprendidos en el carné de salud uruguayo constituyen una fábrica de sobrediagnósticos que convierte sanos en enfermos con el solo fin de reclutar clientes para la industria farmacéutica y médica.

Fiona Godlee, editora del British Medical Journal, presenta la exposición de la invitada uruguaya Ana Rosengurtt y modera las preguntas al final de la misma. Ver video.

Inmediata repercusión en las redes sociales:

Curso sobre vacunas

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Desde el lunes 11 de marzo al lunes 8 de abril concurrimos al curso de Periodismo Científico sobre vacunas organizado por la Fundación UNIVINT en la Fac.de Información y Comunicación de la UDELAR. En el último día estuvo presente el Dr. Quian junto con todo el plantel docente que dictó las clases.

Viceministro Dr.Jorge Quian
Dr. Álvaro Díaz, Prof. Agr. de Inmunología, Departamento de Biociencias, Facultad de Química de UdelaR

En la comisión de salud de la cámara de representantes

3/4/2019: Para que la protección de la salud sea un derecho y no una obligación.

Fuimos recibidos por la Comisión de Salud y Asistencia Social de la Cämara de Representantes. Concurrimos para ponerla en conocimiento de la iniciativa legal que estamos gestionando ante el MSP con el firme objetivo de derogar todas las normas que imponen actos médicos a la población como condición para ejercer otros derechos como el derecho humano al trabajo y la educación.

Una representante por las víctimas de la vacunación brindó su testimonio. Se entregó el borrador de proyecto de ley para establecer un sistema en Uruguay que indemnice a dichas personas.

Se denunciaron los atropellos que sufren las familias que no vacunan por parte de los profesionales y servicios de salud. Se denunció la caza de brujas institucionalizada contra los aspirantes al concurso de ingreso para cargos administrativos del MSP que tuvo lugar en abril del 2018.


Bienvenidos

a Libertad Sanitaria Uruguay!

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Uruguay ha implantado en 2007 una reforma del sistema de salud para garantizar el derecho humano de acceso a la protección de la salud a sus ciudadanos. Sin embargo se mantienen vigentes decretos-leyes de gobiernos dictatoriales que son contrarios al paradigma de los derechos humanos con el cual Uruguay tiene un compromiso desde 1948. Esas normas vetustas sostienen los carnés de salud y de vacunas que se exigen en la actualidad como condición para ejercer otros derechos humanos como el trabajo y la educación.

En 2016 una sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) estableció que el decreto 571/006 que incluyó compulsivamente el PAP y la mamografía al carné de salud para las mujeres es inconstitucional porque el derecho a la libertad sobre nuestro cuerpo sólo se puede limitar por ley. La sentencia invoca el derecho al requisito del previo consentimiento para someterse a cualquier diagnóstico o tratamiento el cual fue establecido en la ley 18335 de los derechos de los pacientes y usuarios de salud. El decreto 571/006 lo desconoce vulnerando así la libertad de las mujeres que no desean someterse a dichos estudios.

De esta sentencia resulta claro que todos los decretos que modifican los carnés son inconstitucionales. Más aún, los decretos-leyes que crearon los carnés son muy anteriores en el tiempo a la ley 18335 y por lo tanto al entrar en contradicción con ella el ciudadano no está obligado a cumplirlos si decide ampararse en la ley más nueva.

Esto ha motivado a un grupo de ciudadanos a organizarse para exigir la eliminación de los carnés de salud y vacunas en Uruguay. Con ese fin se inició un proceso legal con la presentación de una petición ante el Ministerio de Salud Pública para derogar los decretos-leyes 9697 de 1937, 14852 y 15272 de 1982.

Te invitamos a acompañar este movimiento como patrocinador.

Para contactarnos, escríbenos a admin@ls.uy.