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Nueva directiva del CDC para la vacuna contra Hepatitis B

El 5 de diciembre de 2025, el comité asesor de vacunas del CDC (ACIP) votó 8–3 para cambiar la recomendación sobre la vacuna contra la hepatitis B en el calendario vacunal de Estados Unidos. La decisión desiste de la dosis universal al nacimiento de bebés de bajo riesgo y la convierte en una decisión compartida entre padres y médicos. Ver noticia en la fuente original.

En Uruguay esa vacuna integra las fórmulas de la pentavalente y la hexavalente. No es obligatoria por ley, ya que el decreto-ley 15272 con sólo OCHO vacunas «obligatorias» la omite.

Además el MSP no le otorgó a ninguna de las dos (pentavalente y hexavalente) el «certificado de registro y habilitación de venta de especialidad farmacéutica«. Ver informe del MSP con sólo OCHO certificados de las más de VEINTE vacunas disponibles en Uruguay.

Para tomar las decisiones responsablemente hay que informarse con objetividad: contrastando las fuentes.

El sarampión no pasa de año

Está terminando el año lectivo y al Ministerio de Salud Pública (MSP) no se le ocurrió mejor idea que arruinar los festejos varios (paseos, ensayos, fiestas y afines) con la campaña de miedo contra el supuesto sarampión. Sí, supuesto sarampión. Porque es bien fácil hacer pasar una gripe por sarampión.
Los cuatro casos detectados en San Javier, son importados. Es decir, ciudadanos que adquirieron la enfermedad en el exterior. Y habría otro caso de sarampión vinculado con esos por «nexo epidemiológico«. Pero todos recordamos la caza de brujas con el PCR que a los contactos de enfermos Covid19 (nexos epidemiológicos), aún siendo asintomáticos y rebosantes de salud, los encuarentenaban por dos semanas. Por lo tanto hay que tomar con pinzas la confirmación «por laboratorio» de esos supuestos casos de sarampión.
Y como ya demostramos, el MSP es capaz de mentir para hacer que la gente concurra a un vacunatorio, para recibir vacunas inexistentes.
La vacuna triple viral (SRP en español, MMR en inglés) que es la que incluye la vacuna contra el sarampión, es la vacuna sobre la cual en 1998 la revista The Lancet informó que estaba relacionada con el autismo, pero luego se retractó ante las presiones de los laboratorios. Por algo será.
También como ya informamos, la vacuna SRP carece del certificado de registro y habilitación de venta de especialidad farmacéutica que el MSP exige para cada medicamento de uso humano en Uruguay. Por algo será.

También habíamos comentado que el sarampión era una de las enfermedades infantiles por las cuales se creó la piyamada, tan popular en la actualidad como un evento puramente lúdico, pero que carece del objetivo terapéutico de antaño.

El MSP está convocando a los adultos nacidos después de 1967 a verificar que tienen las dos dosis de la SRP que se indican actualmente, cuando originalmente se indicaba tan solo una como suficiente para otorgar la protección. Todos recordamos de la pandemia cuando aseguraron que con solo dos dosis se obtenía la protección y luego se indicaron tercera dosis, cuarta dosis, …

El último brote de sarampión en Uruguay fue en 1998. Por lo tanto muchos nacidos antes de esa fecha se vacunaron con la enfermedad misma y no necesitan vacunarse. No hace mucho, fue en 2019, también por un caso importado, se había agitado el cuco del sarampión en plena campaña electoral y se había convocado a los nacidos después de 1967 a «regularizar» su esquema de dos dosis. ¿Cuántas veces van a convocar a esa gente?

El MSP convoca a una jornada de vacunación contra el sarampión para el sábado 6 de diciembre, pero es el gancho porque obviamente van a aprovechar la oportunidad para aplicar las otras vacunas, aún vencidas como ya ha sucedido. Las tasas de cobertura de todas las vacunas han descendido después de la pandemia y deben haber vacunas de clavo.

Los prestadores de salud están acosando a trabajadores, familias y personas que ni siquiera les corresponde la vacunación con SRP, pero aquellos que rechazan la vacunación obviamente se sienten perseguidos. Hasta gente que está fuera del sistema de salud recibe en su teléfono la convocatoria para vacunarse contra sarampión. Es el caso un montevideano que ni siquiera tiene SNIS, porque está de visita en Uruguay por las fiestas, quien recibió la notificación de una mutualista del interior. Es sólo spam pero a las familias con hijos sin vacunas les hace sentir que están en la mira.

El miedo no es un buen consejero. Es necesario informase ampliamente y con objetividad para tomar decisiones.


Lo político sobre lo científico (y lo ético)

El lunes 24 de noviembre tuvo lugar la interpelación a la Ministra de Salud Pública, Dra. Cristina Lustemberg, por el Diputado Gerardo Sotelo, representante del Partido Independiente. El motivo era la posible conjunción de intereses del actual presidente de ASSE, Dr. Álvaro Danza.

Durante la sesión —que se extendió hasta la medianoche— hizo uso de la palabra el Diputado Dr. Federico Casaretto, representante del departamento de Maldonado por el Partido Nacional. En calidad de integrante de la actual oposición, realizó una afirmación particularmente relevante: sin nombrarla se refirió a la hoy directora general de Coordinación del MSP, Dra. Zaida Arteta que estaba allí presente, evocando su actuación como presidenta del Sindicato Médico del Uruguay (SMU) en la pandemia de Covid-19. Ver festejo del 29/7/2021 de la lista Fosalba (cuando regían severas restricciones para reuniones) por el éxito en las elecciones del SMU para el bienio 2021-2023 con la Dra. Zaida Arteta en la cabecera de la mesa.

Casaretto, que en ese período también era diputado pero desde el oficialismo, recordó algo que le había tocado «soportar en la pandemia» siendo médico afiliado al SMU. Él había sido uno de los destinatarios de un correo electrónico «de la presidenta del SMU» que instaba a grabar un video personal alertando sobre el colapso de los CTI para forzar al gobierno que tomara «más medidas«. El señalamiento adquirió mayor peso cuando la diputada Dra. Nicolle Salle por el Partido Identidad Soberana pidió una interrupción para destacar que en esa misma sala el Parlamento había decidido no investigar la gestión de la pandemia, subrayando así la dimensión política de aquel episodio. Ver extracto de la sesión.

Días después, el 2/12/2025, el Dr. Casaretto fue entrevistado por el programa Rock en la Resistencia. Ver extracto de su lectura del correo de marras.

La intervención de la Diputada dejó planteada una tensión difícil de pasar por alto: quienes debatieron sobre la cuestionada habilitación de Danza para gestionar ASSE, son los mismos que se aliaron con el oficialismo para impedir investigar la gestión sanitaria durante la mayor crisis de salud pública del país. La paradoja expuesta por Salle subraya no sólo lo improcedente del reclamo, sino el negacionismo de reconstruir con transparencia un período en el que las decisiones quedaron blindadas por conveniencias políticas.

En definitiva, el episodio vuelve a poner en evidencia cómo el debate parlamentario depende menos de los hechos que de la ubicación circunstancial de cada actor en el tablero del poder.


CDC, vacunas y TEA

El miércoles 19 de noviembre el sitio del CDC actualizó la información sobre la relación causal entre las vacunas y el TEA. La iniciativa evidencia un cambio muy importante para Uruguay, cuyo MSP confía ciegamente en los reguladores extranjeros como el CDC. El MSP incumple la ley que lo obliga a controlar las vacunas y también el decreto que lo obliga a cumplir con el requisito del certificado de registro y la habilitación de venta de especialidad farmacéutica para cada vacuna que indica a la población.

El CDC afirma que, según la Ley de Calidad de Datos (DQA), la frase «Las vacunas no causan autismo» fue retirada porque carece de fundamento científico, ya que los estudios no han descartado la posibilidad de que las vacunas infantiles contribuyan al autismo. Indica que esta afirmación había sido difundida por los CDC y otras agencias para reducir la reticencia a la vacunación.

El Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) inició una evaluación sobre las causas del autismo, incluyendo posibles mecanismos biológicos y vínculos causales con las vacunas. La página se actualizará conforme haya nueva evidencia.

El CDC señala que muchos padres creen que las vacunas administradas en los primeros meses de vida influyeron en el autismo de sus hijos, y que esta relación no ha sido estudiada de forma adecuada por la comunidad científica.

El CDC compara el calendario de vacunación infantil de 1986, que incluía cinco dosis, con el de 2025, que incluye varias dosis adicionales. Ver tabla. El incremento en la prevalencia del autismo desde los años 80 se presenta como correlacionado con el aumento del número de vacunas administradas, y se afirma que no se ha establecido una base científica para descartar que sean un factor contribuyente.

El CDC menciona un estudio que encontró la mayor correlación estadística entre adyuvantes de aluminio y el aumento del autismo, justificándose más investigación. Ver fuente.

El CDC informa que revisiones previas del HHS y del Instituto de Medicina no han producido estudios que respalden la afirmación de que ciertas vacunas infantiles (SRP, DTaP, HepB, Hib,) no causan autismo. Con base en ello, el texto sostiene que los CDC incumplieron la DQA al declarar que «las vacunas no causan autismo», y que ahora se está rectificando y financiando nuevas investigaciones.

Finalmente, presenta una cronología con conclusiones del Congreso de 1986 respecto a la vacuna DTaP (contra difteria, tétanos y tos ferina) y el autismo, de las cuales destaca en 2012 un hallazgo clave del Instituto de Medicina (IOM): la evidencia es insuficiente para aceptar o rechazar una relación causal porque el único estudio localizado encontró una asociación pero fue descartado porque proporcionó datos del sistema de vigilancia pasiva VAERS y porque carecía de una población de comparación no vacunada. Esta última observación que destacamos reconoce, ni más ni menos, que la obligatoriedad de vacunar es anticientífica porque para validar las vacunas los científicos deben contar con un grupo de control de voluntarios sin vacunar, es decir: que los llamados «antivacunas» son la garantía de la ciencia vacunal.


El carné de la ignominia ante la OIT

En Uruguay, cada trabajador está obligado a someterse a una extorsión para ejercer su derecho al trabajo, convirtiendo un derecho constitucional en un privilegio condicionado. Ese chantaje tiene nombre: carné de salud. Sin él, no se puede acceder a un empleo ni conservarlo. Y más macabro aún es que ni siquiera protege la salud.

Pero eso no es todo. El carné de salud impone además el cumplimiento del carné de vacunas, aun cuando en Uruguay rige el derecho al consentimiento previo e informado para cualquier tratamiento, incluida la vacunación. Es decir, te vacunan para someterte, no porque vos lo consientas.

El carné de salud es el carné de la ignominia: un requisito humillante que condiciona un derecho consitucional, impone tratamientos sin consentimiento y somete al ciudadano al control del Estado. Miles de trabajadores son discriminados, controlados y forzados a presentar un documento ilegal para poder ganarse la vida.

También se exige la presentación del carné de salud ante los centros educactivos, pero la ley general de educación vigente establece que la educación es un derecho humano fundamental y eso implica que no se puede condicionar a un requisito discriminatorio como ese.

Desde LSuy, ya en el gobierno anterior, presentamos un proyecto de ley para transformar esta obligación en un verdadero derecho a la protección de la salud, adaptado al tipo de trabajo y a la condición de cada persona. Pedimos audiencia en la comisión parlamentaria que debía tratarlo. Nunca nos recibieron. La casta política, que no se somete a las mismas reglas, prefirió ignorarlo. Y los sindicatos, atrapados en su propia agenda, guardaron silencio ante esta forma de coerción laboral.

En la actual legislatura, el Partido Identidad Soberana retomó la iniciativa, y el 18 de marzo la presentó ante la Comisión de Salud y Asistencia Social de la Cámara de Diputados, donde participa la Dra. Nicolle Salle. El proyecto está registrado en la web del parlamento aquí.
Pero aún no se trató.

Ante la pasividad del sistema, la diputada Salle presentó una denuncia ante la OIT, fundamentando la violación sistemática de derechos laborales y humanos que representa esta exigencia, existente sólo en Uruguay. Quizás sea necesaria la deshonra internacional para que, al fin, algo cambie. Ver la nota aquí.

Esta causa no es de un partido ni de un grupo: es de todos los que creemos en el derecho al trabajo, libre y sin condicionamientos.
Por eso te invitamos a sumarte a las más de 22.000 adhesiones de la campaña Uruguay SIN Carnés, para que el carné de salud deje de ser una herramienta de control y se convierta en lo que siempre debió ser: un derecho real a la protección de la salud.

¿Contrabando de vacunas?

Las vacunas son medicamentos biológicos y como todo medicamento, según la normativa vigente en Uruguay, deben contar con el certificado de registro y la habilitación de venta de especialidad farmacéutica, otorgados por el Ministerio de Salud Pública (MSP) antes de su uso en el país.

Sin embargo, una solicitud de información realizada al MSP amparada en la Ley de Acceso a la Información Pública reveló una realidad inquietante: de 25 vacunas actualmente en uso, sólo 8 poseen el certificado de registro y habilitación de venta vigentes: PREVENAR 13, ADACEL, GARDASIL, BEXSERO, NEUMOVAX 23, STAMARIL, COVID-19 COMIRNATY JN.1 (pediátrica y de adultos) y ABRYSVO. Ver aquí.

El certificado establece varias especificaciones importantes como el período de validez del mismo, el origen, el fabricante, la vida útil y además:

También especifica el público que debería recibir la receta, lo que debería coincidir exactamente con el público objetivo definido en el Certificado Esquema de Vacunación (CEV). Además la normativa establece que en el certificado «debe figurar la fórmula cuali-cuantitativa completa» Sin embargo eso no consta en los certificados aportados por el MSP en el pedido de información.

Ahora bien, todas las vacunas aplicadas en Uruguay son importadas, lo que hace aún más relevante un control estatal riguroso que garantice su trazabilidad, calidad y seguridad. Por tanto, cuando ingresan y se administran sin el correspondiente certificado de registro y habilitación de venta, se colocan en una zona gris legal, comparable a un medicamento ingresado de contrabando. O también en fase de experimentación…

El MSP, lejos de garantizar el cumplimiento de su propia normativa, admite la omisión: no realiza el control sistemático que la ley le impone. Esto significa que el ciudadano no cuenta con las garantías legales mínimas sobre calidad, seguridad o trazabilidad de productos que el propio Estado distribuye.

La inexistencia de certificados abre un serio vacío de transparencia y responsabilidad pública, que el MSP debería explicar con claridad.

El caso de la vacuna contra la viruela símica es paradigmático e ilustra la situación. Según la respuesta oficial, su ingreso se amparó en una donación proveniente de Chile, como si ese hecho exonerara de cumplir con la normativa vigente. Esa interpretación, de confirmarse, abriría un vacío regulatorio preocupante que merece una aclaración pública, ya que la ley no prevé excepciones por donaciones: toda vacuna utilizada en territorio nacional debe contar con el registro sanitario, independientemente de su origen o forma de adquisición. ¿Quiénes estarían recibiendo esta vacuna? Ver aquí. Si bien la cooperación internacional en salud es valiosa, ninguna donación debería quedar fuera del marco normativo que protege a la población. La ciudadanía tiene derecho a conocer bajo qué condiciones y controles se autoriza el uso de cada vacuna.

Ante esta situación irregular de vacunas sin certificado de registro y habilitación de venta, surgen preguntas legítimas:

  • ¿Qué procedimientos se aplican cuando una vacuna carece de certificado vigente?
  • ¿Quién asume la responsabilidad legal y técnica por su distribución?
  • ¿Qué garantías existen para los ciudadanos ante posibles efectos adversos?

Las vacunas que se deberían rechazar por inexistencia del certificado de registro y habilitación de venta son: BCG, pentavalente, hexavalente, polio, varicela, doble bacteriana (tétanos, difteria),triple bacteriana (tétanos, difteria, tos convulsa), triple viral (SRP, sarampión, rubéola, paperas), meningitis tetravalente ACWY, meningitis pentavalente ACWYX, gripe, hepatitis A, hepatitis B, viruela símica y Haemophilus influenza tipo B (HiB).

Informar sobre lo que se aplica en el cuerpo no es desconfianza: es ciudadanía activa.

¿Quién es quién?

…en la Comisión Nacional Asesora de Vacunaciones (CNAV) del Ministerio de Salud Pública (MSP)

La CNAV fue creada por decreto en 1972 como órgano asesor del MSP. Su función es estratégica: opinar e incidir en las decisiones sobre vacunación en el país. Sin embargo, su funcionamiento actual pone en tela de juicio los principios básicos de transparencia, ética pública y separación entre intereses privados y decisiones estatales.

Se reúne entre 2 y 5 veces por año, salvo excepciones como en 2021 —plena pandemia— cuando sesionó en 25 oportunidades, año de introducción de la vacuna anticovid19.

El sitio de la CNAV exhibe el manual operativo que regula su funcionamiento. Impone la presentación de una declaración de conflicto de interés (DCI) a cada representante antes de cada sesión. Detalla qué instituciones la integran con voz y voto: organismos públicos y la Sociedad Uruguaya de Pediatría (SUP), una institución privada.

Que entidades privadas participen como asesoras en comisiones estatales es habitual. Lo que no es habitual —ni aceptable— es que tengan poder de voto. Sin embargo, en el caso de la SUP, goza de ese privilegio sin ningún tipo de cuestionamiento.

El 20 de agosto sesionó la CNAV por primera vez en lo que va de este año y  el nuevo gobierno. El acta de esa sesión identifica los representantes por cada organismo miembro. La SUP estaba representada formalmente por el Dr. Álvaro Galiana. Pero no era el único miembro de la SUP en esa mesa. Habían otros cuatro representantes afiliados a la SUP aunque bajo el paraguas de otras instituciones:

  • Dra. Cristina Lustemberg, presidenta de la CNAV,
  • Dra. Catalina Pírez, Unidad de Inmunizaciones del MSP,
  • Dra. Patricia Barrios, Instituto de Pediatría, Facultad de Medicina, UdelaR,
  • Dra. Gabriela Sisto, Comisión Honoraria de Lucha Antituberculosa y Enfermedades Prevalentes.

El padrón de afiliados a la SUP está disponible públicamente en su sitio web. Basta revisarlo para confirmar la afiliación de todas las citadas. Así, la SUP no tiene solo un voto en la CNAV: tiene cinco. Uno declarado y cuatro camuflados.

Como las DCI no constan en el acta, las solicitamos al MSP al amparo de la ley 18381. De la respuesta surge que ni la ministra ni la Dra. Pirez presentaron sus DCI. Y las Dras Barrios y Sisto omitieron declarar su vínculo con la SUP.

Pero hay más: la Dra. Catalina Pírez, además de su rol oficial en el MSP, es tesorera del Comité de Vacunas de la SUP, según la propia web de la sociedad. El Dr. Galiana, ex director del Hospital Pereira Rossell, también integra ese comité. Ahora bien, la SUP recibe financiamiento de laboratorios fabricantes de vacunas, como consta en los anuncios de sus eventos. Ni siquiera tiene sede propia y su domicilio es el Hospital Pereira Rossell. ¿Quién asesora a quién? ¿Quién financia a quién?

Todo esto ocurre mientras la ministra de Salud, Cristina Lustemberg, repite —una y otra vez— que «la infancia es prioridad para este gobierno«. Es que la infancia es el mercado cautivo de la SUP y principal objetivo de las vacunas.

La situación es inaceptable. Una institución privada con múltiples vínculos comerciales participa en un órgano público clave, y lo hace multiplicando su influencia a través de miembros infiltrados en otras instituciones. Y no solo eso: lo hace sin declarar sus conflictos de interés.

Estaríamos, claramente, frente a un cogobierno entre el MSP y la SUP, donde las fronteras entre lo público y lo privado habrían sido borradas. Sin control y sin transparencia. Se hace en nombre de la niñez, pero bajo las reglas del mercado. Un sistema donde la autoridad sanitaria nacional habría cedido soberanía técnica y ética a una corporación profesional con intereses cruzados.

Este no es un detalle técnico. Es un problema estructural. Cuando se trata de salud pública, la confianza no se decreta: se construye con transparencia, independencia y responsabilidad. Y hoy, esa confianza está en cuestión.

Es hora de preguntarse quién decide realmente sobre nuestra salud. Y quién se beneficia.


19 de octubre: día internacional de lucha contra el cáncer de mama

Cada 19 de octubre, el mundo se tiñe de rosa para concientizar sobre el cáncer de mama. Sin embargo, detrás de las campañas de prevención y los eslóganes, hay realidades que pocos conocen:

🔎 ¿Sabías que en ningún país del mundo la mamografía es obligatoria?
Muy por el contrario, las mujeres son invitadas y sólo con su consentimiento informado previo se les realiza el estudio en equipos digitales de última generación.

⚠️ ¿Sabías que los mamógrafos que se utilizan en Uruguay son comprados de segunda mano?
Esto plantea serias preguntas sobre la calidad, la precisión de los diagnósticos y la seguridad de los equipos.

⚖️ ¿Sabías que una sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo declaró inconstitucional la exigencia de la mamografía para el carné de salud?
Esta resolución cuestiona la obligatoriedad de un examen que debería ser opcional y acorde a cada historial clínico.

En el informe de hace un año (19 de octubre: un año más obsoletos) este párrafo está más vigente que nunca:

«Del debate en los países desarrollados sobre la eficacia del cribado mamográfico para disminuir la mortalidad del cáncer de mama, resultó que el Consejo Médico de Suiza recomendó en 2013 el abandono de la mamografía. Le siguió Francia en 2016. Y entonces Uruguay les compra los mamógrafos que ya no utilizan. Para pensar, ¿no?«

¿Qué es el PINKWASHING?
Pinkwashing (o «lavado rosa») es un término crítico que se usa para describir el uso del color rosa y la causa del cáncer de mama —especialmente durante octubre, el «mes rosa»— con fines de marketing, relaciones públicas o para mejorar la imagen de una empresa, gobierno u organización, sin un compromiso real con la salud, la prevención o los derechos de las mujeres. Ejemplos:

  • Empresas venden productos con el lazo rosa o campañas de concientización, pero donan muy poco (o nada) a la causa real.
  • Marcas que venden productos cancerígenos (como alimentos ultraprocesados, cosméticos con químicos dañinos o productos de limpieza con sustancias tóxicas).
  • Gobiernos u organizaciones usan el lazo rosa para mostrar compromiso con la salud de las mujeres, pero no invierten en políticas reales de prevención, investigación o acceso a tratamientos.

¿Por qué es problemático?

Porque transforma una causa de salud pública en una estrategia comercial o política, vaciándola de contenido real. También puede desinformar, culpabilizar a las mujeres y desviar la atención de los factores estructurales, ambientales o sociales que influyen en el cáncer de mama.

Detección precoz no es prevención.
La detección precoz supone enferma a una persona asintomática y le busca un síntoma a tratar. En cambio la prevención reduce el riesgo de que el cáncer se desarrolle. Esto implica actuar sobre factores que aumentan la probabilidad de enfermar, a saber:

  • Evitar la exposición a sustancias tóxicas (disruptores endocrinos, contaminantes ambientales)
  • Alimentación saludable y actividad física
  • Reducción del estrés crónico y mejora de condiciones de vida
  • Regulaciones laborales (por ejemplo, exposición a radiaciones o químicos)
  • Políticas públicas de control de productos peligrosos

¿Por qué es cuestionable la detección precoz?
Porque produce falsos positivos y sobrediagnóstico. Porque nos convierte en hipocondríacos.

¿Por qué es cuestionable la mamografía?
Porque no es una técnica diagnóstica sino una prueba de cribado para la detección precoz del cáncer de mama. La mamografía no lo previene. Confundirla con prevención desinforma y desplaza el foco de las causas reales del cáncer. La mamografía aplica radiación ionizante, la cual radioinduce cáncer. Cualquier cáncer. Detecta lesiones que nunca se transformarían en cáncer peligroso (como el carcinomas ductal in situ), pero igual se tratan con cirugía, quimio y más radiación. El cribado del cáncer de mama que son glándulas externas es el único para el que se usa radiación. El cáncer colorectal, el de próstata y el de cuello de útero se investigan con métodos que no usan radiación en órganos internos que son inaccesibles a la palpación manual.

Además la presión del mamógrafo es dañina. Por algo duele. Se impone como acto preventivo cuando ni previene ni garantiza más salud, y su aplicación obligatoria vulnera el derecho al consentimiento y a la responsabilidad crítica sobre la propia salud.

Desde 2013 el Dr. Peter C. Gotzsche, investigador danés y ex director del Centro Nórdico Cochrane de Copenhague de Dinamarca, advierte que si la mamografía fuera un medicamento estaría prohibido.

El problema no es el color rosa. El problema es usarlo para disfrazar negligencia, vaciar el debate y acallar críticas.

Reivindiquemos el 19 de octubre como un día de lucha informada y crítica, no de marketing. Cuando la medicina se impone sin libertad, deja de ser cuidado y se convierte en mecanismo de control sobre las personas.

Este 19 de octubre, es momento de reflexionar sobre cómo se implementan las políticas de salud y de tomar conciencia de que el derecho al previo consentimiento informado está establecido por ley, para cualquier estudio como el cribado mamográfico.


Más información internacional aquí.

ESTAFA OFICIAL: el MSP promociona vacunas inexistentes

¿Te imaginarías que el Ministerio de Salud Pública te recomiende vacunarte contra una enfermedad… para la que no existe vacuna?

El sábado 27 de setiembre, publicó en su sitio web una noticia sobre la sífilis, con el título:

Es fuerte. Una enfermedad que parecía olvidada, hoy es un problema de salud pública.”

Al avanzar en la lectura, el mensaje se complica. El primer párrafo afirma:

Esta infección bacteriana se transmite por contacto directo con lesiones en piel, genitales o boca, y al igual que otras ITS como VIH, hepatitis y HPV, puede prevenirse con preservativo, controles periódicos y vacunación.”

¿Vacunación? ¿Contra la sífilis y el VIH?

El texto destacado no deja lugar a dudas: la infección bacteriana por sífilis y la viral por VIH, serían prevenibles con vacunas. Luego se explaya en información sobre la sífilis brindando datos estadísiticos. Y la convocatoria final remata imperativamente:

Testeate. Vacunate. Protegete.”

Previo a alertar sobre esta afirmación tan desconcertante como irresponsable, decidimos solicitar información al propio MSP. Su respuesta fue categórica: no existen vacunas contra la sífilis ni contra el VIH en Uruguay porque “esas vacunas aún no han sido desarrolladas ni aprobadas en ningún país del mundo”. Sin embargo, la publicación no fue rectificada.

Entonces, ¿por qué el MSP convoca a vacunarse con ellas?

La estrategia es clara: usar la alarma por una enfermedad para promover las vacunas contra otras. Es una técnica conocida en marketing: ofrecer algo que no está disponible, para captar atención y redirigirla a productos que se pueden entregar. No es un error. Es intencional.

Eso se llama publicidad engañosa. Y no se trata de estar a favor o en contra de las vacunas. Mentir para convencer es una gravísima falta ética. Es síntoma de un sistema desahuciado. Con total impunidad la autoridad sanitaria abusa de la confianza de la población para manipularla con desinformación. Con el mayor descaro invoca una ciencia que, en los hechos, ni siquiera ejerce con rigor. Esta acción demuestra que el MSP carece de legitimidad para imponer sus políticas.

La sífilis se cura con antibióticos desde 1943. No hay vacuna contra ella porque la bacteria Treponema pallidum es difícil de estudiar, evade el sistema inmune y no genera inmunidad duradera. Debido a que es tratada eficazmente con penicilina se redujo el interés en desarrollar una vacuna.

Definitivamente la salud es una responsabilidad personal. La obediencia ciega a instituciones que, una y otra vez, se exponen como falibles, sesgadas o influenciables, es peligrosa para la salud.


Cobayas y cobayos: ensayo en embarazadas y bebés uruguayos

Meses atrás levantamos la voz ante una práctica que raya lo inadmisible: la administración de la vacuna ABRYSVO de Pfizer a embarazadas en Uruguay (y Argentina), en el marco de un supuesto “ensayo” que jamás fue advertido a las usuarias. ¿Consentimiento informado? Brilla por su ausencia. ¿Transparencia institucional? Sepultada bajo tecnicismos y silencios.

El objetivo de la vacunación no es la mujer gestante, sino su bebé nacido vivo. No es una indicación ginecológica, sino una estrategia pediátrica, pensada para blindar a los recién nacidos durante sus primeros seis meses de vida con el objetivo de prevenir las internaciones por el virus sincicial respiratorio (VSR). Así surge del acta de la Comisión Nacional Asesora de Vacunaciones del 10/4/2024 donde se dispuso la introducción de esta vacuna. Allí consta que el representante de la Clínica Ginecológica C del Hospital Pereira Rossell, FMed-UdelaR, participó sin voto mientras que la Sociedad Uruguaya de Pediatría (única institución privada que es miembro de dicha comisión y que recibe financiamiento de Pfizer) participó con voto.

¿Y quién autorizó este experimento encubierto? Nadie lo sabe. Los medios y las autoridades sanitarias han guardado un silencio inquietante sobre este uso, y lo que es peor: sobre las condiciones éticas y legales en las que se realiza.

Frente a esta situación, la diputada Dra. Nicolle Salle presentó un pedido de informes al Ministerio de Salud Pública (MSP). La respuesta fue más grave de lo esperado: el ensayo no cuenta con la aprobación de la Comisión Nacional de Ética en la Investigación (CNEI). En otras palabras, se está ejecutando por fuera del marco regulatorio que exige el decreto 158/019, que establece condiciones específicas para investigaciones en seres humanos, especialmente en grupos vulnerables como las embarazadas y los menores de edad. El decreto es claro: toda investigación en seres humanos —y más aún en embarazadas— debe cumplir con estrictos requisitos éticos. El artículo 6 inciso r) exige evaluar riesgos, beneficios e interferencias sobre la fertilidad, el embarazo, el embrión, el feto, el parto, el puerperio, la lactancia y el recién nacido. ¿Se cumplió? No. ¿Se informó? Tampoco.

Pero el MSP, lejos de admitir un posible atropello, responde con un tecnicismo que roza lo insultante: define el estudio como observacional, no intervencional, de carácter retrospectivo. Una forma sutil de decir que no se está probando una vacuna nueva contra placebo, sino analizando datos históricos… pero de una vacuna recientemente incluida en el vademécum, cuya administración se hizo sin las garantías éticas mínimas.

Más aún: el informe de la CNEI de poco más de una página en el expediente 12/001/3/8338/2024 deja claro que la CNEI ni siquiera pudo expedirse, porque la enmienda que incorpora a Uruguay al protocolo de estudio no le había sido presentada. Como si esto fuera poco, el protocolo disponible corresponde a Argentina, donde sí se detallan los investigadores responsables. De los uruguayos, nada se sabe.

Del protocolo argentino, sin embargo, se desprende información crucial: “la población del estudio incluirá a todos los infantes que hayan sido hospitalizados por infecciones respiratorias agudas bajas (IRAB), a quienes se les haya realizado la prueba del VSR y que hayan nacido de una persona elegible para la vacunación con Abrysvo durante el embarazo”. Es decir: la población a estudio (menores de edad) no puede decidir su participación en el ensayo.

Lo más escandaloso llega con la respuesta del MSP a otro pedido específico: se solicitaron los formularios de consentimiento informado y de encuesta. ¿La respuesta? No existen. Es decir, se violó abiertamente el artículo 7 del decreto 158/019, que exige que toda investigación se realice únicamente después del consentimiento libre e informado. Y el artículo 9 refuerza: dicho consentimiento debe ser aprobado por un Comité de Ética.

Peor aún: si consideramos que el sujeto real de la investigación es el bebé —que será monitoreado hasta los seis meses de vida—, aplica el artículo 10, que exige una justificación detallada en el protocolo y el consentimiento de los representantes legales del menor. Nada de eso fue respetado.

¿Cómo puede la CNEI estar ajena a un estudio que involucra directamente a embarazadas y recién nacidos? ¿Cómo puede el MSP aceptar que se recojan datos de una intervención médica sin los formularios de consentimiento? ¿En qué momento se volvió tolerable que se prueben estrategias sanitarias sobre mujeres y sus bebés sin siquiera informarlas?

Este caso no es una anécdota. Es una alarma. La salud pública no puede construirse sobre zonas grises ni sobre cuerpos vulnerables sin voz. Esto no es ciencia, es oportunismo disfrazado de política sanitaria.