Infancia hormonizada: el MSP no sabe, no registra, no responde

En 2022, el MSP dispuso un nuevo carné de salud del niño. La novedad era que se unificaban los carnés basados en la clasificación por sexo biológico. El nuevo carné unisex incorporaba el enfoque inclusivo.

Veamos las declaraciones de la coordinadora del Programa de Salud de la Niñez, Dra. Alicia Fernández, al presentarlo a la prensa:

En el informe «Bloqueo puberal: explotación médica de menores» analizábamos la medicalización de un proceso natural.

La identidad de género refiere a la percepción personal que un individuo tiene de sí mismo en relación con su sexo biológico. La disforia de género alude al malestar o sufrimiento asociado a la discrepancia entre esa autopercepción y el sexo biológico. Sin embargo, es posible experimentar una autopercepción distinta de la realidad biológica sin presentar una disforia clínicamente significativa y sin necesidad de medicalizarla.

¿Cómo se pasa del supuesto sufrimiento emocional a una intervención farmacológica? ¿Qué evidencia respalda esa decisión cuando se trata de menores de edad? ¿Qué información permite evaluar sus resultados y sus posibles consecuencias a largo plazo?

La guía «Salud y Diversidad Sexual» informa que el MSP habilita el bloqueo puberal para niñas desde los 9 años y niños desde los 10 años con disforia de género.

La Dra. Alicia Fernández no es una profesional cualquiera. Es pediatra y fue presidenta de la Sociedad Uruguaya de Pediatría (SUP). Ver fuente.

¿Qué posición tiene la SUP sobre el bloqueo puberal?

La SUP, que recibe financiamiento de la industria (ver), ha publicado material profesional favorable a considerar el bloqueo puberal en menores trans. El trabajo «Guías para el abordaje de infancias y adolescencias trans en el primer nivel de atención» fue avalado por todos los integrantes del Comité de Adolescencia de la SUP y aprobado por unanimidad por el Comité Editorial de la revista institucional. Esto fue en 2022, el mismo año que su ex presidenta presentó en nombre del MSP el nuevo carné de salud unisex para los menores de edad, Ver fuente. «Los autores declaran no tener conflictos de intereses«, pero…. el Comité Editorial responde a la SUP.

El apartado «Inhibición puberal», califica el tratamiento como «totalmente reversible y seguro» y recomienda considerarlo al inicio de la pubertad, esto es, cuando el desarrollo del menor presenta estadio 2 de Tanner. Pero…. ¿qué evidencia científica utilizaron las autoras para afirmar que el tratamiento es «totalmente reversible y seguro»?

La Dra. Cristina Lustemberg, ministra de salud pública, es médica pediatra y afiliada a la SUP.

Y aquí empiezan las preguntas que el MSP debería poder responder:

  • ¿Qué fármacos se indican para bloquear la pubertad?
  • ¿Cuál para niñas y cuál para niños?
  • ¿Qué información se les aporta previo a iniciar el bloqueo?
  • ¿Desde cuándo se utilizan con ese fin en Uruguay?
  • ¿Cuántos menores han recibido este tratamiento?
  • ¿Cuál es la distribución por sexo y por contexto socioeconómico?
  • ¿Cuántos lo han abandonado y por qué motivos?

No son preguntas accesorias. Se trata de conocer el alcance de una intervención farmacológica sobre menores de edad, sus características de aplicación y la evolución de quienes la reciben.

Presentamos una solicitud de acceso a la información pública al amparo de la Ley 18.381, como hacemos habitualmente. La respuesta oficial, disponible en esta fuente, fue la siguiente:

«El MSP no dispone de la información solicitada, dado que la prescripción y dispensación de estos fármacos se realiza en el ámbito asistencial y no es de carácter obligatorio su remisión al MSP para su consolidación estadística».

Vale decir: el MSP publica una guía que contempla el bloqueo puberal en menores desde edades tan tempranas como los 9 años, pero no dispone de estadísticas sobre cuántos reciben ese tratamiento, quiénes son ni cuántos lo abandonan. Y esto atenta contra la ciencia.

La paradoja es difícil de aceptar: el MSP dispone de estadísticas sobre intentos de suicidio en menores de edad y cirugías de reasignación de género en lista de espera, pero afirma no disponer de datos consolidados sobre los menores sometidos a bloqueo puberal.

¿Cómo se puede evaluar, supervisar y transparentar una política sanitaria si ni siquiera se conoce su alcance?

No estamos preguntando por datos irrelevantes. Estamos preguntando por menores de edad, por intervenciones farmacológicas y por decisiones sanitarias con posibles consecuencias y hasta irreversibles.

La pregunta de fondo es inevitable: ¿cómo puede el Estado promover una intervención médica sobre menores sin contar con información estadística consolidada que permita conocer su aplicación?

Sra. Ministra de Salud Pública: la pregunta es directa y la sociedad merece una respuesta.

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