Y los prestadores de salud juegan sucio
Entre el 19 y 26 de setiembre de 2023, la ministra de Salud Pública Dra. Karina Rando participó de las reuniones sobre salud en el marco de la 78a Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) realizada en Nueva York, de acuerdo a lo informado por el sitio oficial del Ministerio de Salud Pública (MSP). El 26 de setiembre de 2023, el mismo MSP publicó en las redes sociales donde tiene presencia, que la ministra Rando habría expuesto ante la Organización Panamericana de la Salud (OPS) “sobre cómo alcanzar a los no vacunados a través de registros digitales y herramientas de geolocalización” en Uruguay.
En la versión grabada sobre “Pongamos fin a las enfermedades transmisibles en las Américas: iniciativa de eliminación”, a partir del minuto 57 la Dra. Rando realiza su exposición. La geolocalización de los no vacunados estuvo ausente en la disertación con que la ministra presentó la información y que ella misma dice que es más larga que el tiempo del que dispone para comentarla. Solicitamos entonces al MSP el documento con la información completa de la presentación. Confirmamos que, efectivamente, el documento tampoco refiere a la geolocalización de no vacunados. Resulta entonces que los posteos del MSP en las redes son una tergiversación malintencionada de la presentación de la Dra. Rando ante la OPS.
La Dra. Rando expuso sobre la “Gestión de los datos relacionados a vacunación” y para eso citó los “Análisis realizados con georreferenciación” durante el año 2022, específicamente relacionados con coberturas de vacunación contra el COVID-19, las SRP (sarampión, rubéola y paperas) y el VPH (virus del papiloma humano), además del “Relevamiento geográfico de los puestos de vacunación”. Para eso describió el Sistema Informático de Vacunas (SIV), el cual se inició en 2017 y sólo contiene datos de personas vacunadas desde esa fecha, lo que constituye su historial vacunal.
La estrategia de georreferenciación consistió en la identificación de brechas en cobertura vacunal por localidad a partir de fuentes estadísticas, las cuales son anónimas. El MSP no fue a vacunar a domicilio contra el COVID-19 durante la emergencia sanitaria, ni después contra las SRP ni el VPH. Lo que se buscaba era llegar a la gente tan sólo mejorando la gestión de los vacunatorios y su logística de acuerdo a la concentración de población en el área donde estaban ubicados.
Un mes después el MSP publicó otra noticia sobre el mismo tema, citando nuevamente la georreferenciación como herramienta para fortalecer las coberturas de vacunación y nuevamente sin mencionar la geolocalización de los no vacunados. Eso no está en curso excepto que… se inste a la autoincriminación. ¿Y cómo funciona eso?
Geolocalización vs georreferenciación
La geolocalización es la tecnología que utiliza datos obtenidos de los dispositivos en poder de un individuo para identificar o describir su ubicación en tiempo real cuando usa un servicio basado en ella. Las aplicaciones que usan el GPS o las alertas de proximidad por bluetooth (beacons) como la Coronavirus.uy, permiten la ubicación de su portador en tiempo real.
La georeferenciación es la ubicación física de un objeto o persona con relación a un sistema de coordenadas para acceder posteriormente a ella. Cuando declaramos nuestro domicilio, pueden ser georreferenciados nuestro lugar de residencia u hogar.
Historia vacunal vs historia clínica
El MSP gestiona el ya mencionado SIV, el cual contiene datos sólo de los vacunados, es decir, sus historiales vacunales. Son los prestadores de salud los que poseen datos de usuarios por ser los custodios de sus historias clínicas, pero ignorando su estado vacunal, puesto que las vacunas no se registran en ellas. Por eso el MSP necesita de la complicidad de los prestadores para llegar a los no vacunados.
Autoincriminación
Para acatar una indicación médica, la normativa vigente en Uruguay establece el registro de la misma en la historia clínica por parte del médico así como el consentimiento del paciente. No se establece obligación alguna para personas sanas en caso de rechazar indicaciones sin registrar.
Hemos tomado conocimiento de que algunos prestadores de salud, requieren a las familias que no vacunan a sus hijos la firma de un formulario para declarar esa condición. Eso es completamente ilegal y falto de ética porque carece de: la indicación del médico responsable, la información sobre las vacunas indicadas y el logo identificatorio del servicio responsable del relevamiento de los datos. Y no se declara ni el destino ni la finalidad de los datos personales recabados, como mandata la ley 18331 de protección de datos personales.
La normativa vigente garantiza el derecho de los pacientes a rechazar tratamientos terapéuticos para la patología que padecen, luego de diagnosticada la misma. Y la vacunación es un tratamiento terapéutico para una supuesta insuficiencia inmunitaria, aunque ni siquiera es diagnosticada. Por lo tanto, en nuestro país las personas sanas no pueden ser obligadas a someterse a tratamiento terapéutico alguno, y entonces las vacunas no son obligatorias en Uruguay.
Actualmente los prestadores de salud contactan telefónicamente a sus usuarios para inducirlos a agendar controles que no solicitaron. Por ejemplo, a las mujeres para la prueba de Papanicolau (PAP) o para la mamografía y a los padres de los menores de edad, para los controles pediátrico, odontológico, oftalmológico, etc.
Entonces, para evitar la geolocalización, desactivar el Sistema de Posicionamiento Global (GPS, por su sigla en inglés) y las alertas de proximidad por bluetooth en el celular. Y para evitar la georreferenciación y posterior contacto telefónico que apremie a la vacunación, no corresponde declarar por escrito, ni firmar el rechazo a la vacunación.
Gracias por su incesante investigación y lucha.
Gracias a ustedes nos mantenemos informados de nuestros derechos en cuestión de salud.
Gracias y saludos.
Muchas gracias por tenernos informados en nuestros derechos….
Gracias por existir.
Gracias por su contribución a salvaguardar nuestros derechos constitucionales.