El miércoles 14/9/2022 fue presentado por las autoridades del Ministerio de Salud Pública (MSP) el nuevo carné de control pediátrico, el cual unifica los cuatro carnés de salud infantil existentes: el del niño, el de la niña, el del niño Down y el de la niña Down. En la tapa se cita el decreto-ley 14852 por el cual fue creado en la última dictadura militar y el decreto 542 de 2007 del Dr. Tabaré Vázquez.
Queremos advertir que erróneamente en su interior se informa que «presentarlo será requisito para la inscripción a los centros educativos«. En primar lugar, decimos que esa información es incorrecta porque en Uruguay la educación es un derecho humano fundamental según se establece en la ley 18437 (ley general de educación) y por eso NO establece condiciones para ejercerlo. En particular la ley no cita carné alguno como requisito para la escolarización. Y ninguna circular está por encima de la ley.
Alertamos además que por ley 18335 (derechos y obligaciones de pacientes y usuarios de servicios de salud), la historia clínica en custodia del prestador de salud es el único documento y con carácter de reservado que todo ciudadano tiene derecho a tener para su asistencia. La misma ley obliga a los médicos a registrar en ella cada evento en la salud desde el nacimiento hasta la muerte y no menciona ningún carné. Por lo tanto el carné carece de valor legal tanto en el ámbito asistencial como fuera de él.
Destacamos también, que en Uruguay está vigente la ley 18331 (protección de datos personales) la cual establece que la información de salud es de carácter sensible y nadie puede ser obligado a proporcionarla. Eso determina que la información de salud no puede constar en un documento de identidad como es el carné pediátrico y el de salud en general.
Finalmente advertimos que los controles pediátricos no son obligatorios. Lo son para los prestadores de salud que cobran las metas asistenciales al MSP si demuestran que sus afiliados los realizan. Pero de ninguna manera son obligatorios para los afiliados. En Uruguay los procedimientos médicos no son obligatorios.
La protección a la salud es un derecho y no una obligación.
Vacunate con derechos y serás inmune a los atropellos.