¿Son obligatorias las vacunas?

Para contestar esa pregunta, hay que identificar el contexto en el que se nos presenta la situación. Son posibles dos: el asistencial y otro en el que surgen como supuesto requisito de un trámite.

En el ámbito asistencial, la normativa a invocar es la que refiere a los derechos del paciente. Buscar en la web del prestador de salud la Cartilla de derechos y DEBERES del afiliado. Varias de ellas están disponibles desde nuestra web (ver).
En la cartilla, buscar por «consentimiento informado» y se encontrará que es requerido para cualquier procedimiento invasivo. Luego buscar por «vacunas» y no se encontrará nada. Es decir: la vacunación no es un DEBER ni una condición para recibir asistencia ni tampoco para que el pediatra firme la página 24 del carné de salud del niño (aptitud física).
La cartilla recoge parte de la ley 18335 de 2008 de los derechos y OBLIGACIONES de los pacientes y usuarios de servicios de salud, la cual es posterior en el tiempo a ley 15272 de vacunas obligatorias y creación del certificado esquema de vacunación (CEV) en 1982. Por lo tanto quienes rechazan las vacunas, están amparados por la 18335.
No hace falta presentar ninguna carta ni firmar ningún formulario para hacer valer el derecho a no vacunar. Cada prestador de salud lo reconoce en la cartilla que publica.

En el ámbito de un trámite, se debe invocar la ley 18331 de protección de datos personales. Allí se establece que la información de salud es un dato sensible que nadie puede ser obligado a proporcionar, al igual que la opción sexual. La vacunación constituye información de salud y por lo tanto queda comprendida en ese derecho. Derecho a no proporcionar información sobre el estado vacunal.

Específicamente en el ámbito educativo hay que distinguir entre la educación pública y la privada. La ley 18437 de educación general establece que la misma es un derecho humano fundamental, lo cual significa que no se puede condicionar a requisitos como los carnés de salud y de vacunas, en los centros educativos públicos. En los centros privados rige el derecho de admisión. Pero después de pagar, ignorar cualquier exigencia extra porque implica la modificación unilateral del contrato inicial.

8 comentarios sobre “¿Son obligatorias las vacunas?”

  1. hola, quisiera saber como.puedo presentar esto a la pediatra de mi hija y a la escuela, para que sepan que me niego a seguir vacunandola? gracias

    1. Cynthia:
      a la pediatra no tenés que presentarle nada. Simplemente citarle que la cartilla de derechos y DEBERES del afiliado que publica el prestador de salud en su web no establece que la vacunación sea un DEBER para acceder a la asistencia. No te puede condicionar nada a ella.
      En nuestra web podés encontrar los links a las cartillas de varios prestadores. Fijate si está el de tu hija:
      https://www.ls.uy/biblioteca/normativa/
      Si no está, avisanos para buscarlo e incluirlo.

  2. hola, si me niego a darle las vacunas a mi hijo el pediatra se puede negar a firmar el acto en la aptitud física del niño o no tendría porque hacerlo gracias

    1. Al igual que los ginecólogos invocan objeción de conciencia para negarse a asistir pacientes en caso de abortar, los pediatras se pueden negar a firmar la aptitud física. Pero tanto el aborto como la aptitud física son derechos y el prestador de salud está obligado a proporcionar ambos.

  3. Hola , para tramitar una libreta de conducir, necesito sacar el carne de salud y tengo vencida la vacuna anti tetanica. No quiero vacunarme, fui a mi mutualista a la parte vacunacion , a medicina general y al bps pero dicen que me tengo que vacunar , que puedo hacer

  4. Hola, tengo cierta confusión y espero me puedan ayudar.
    Las vacunas en general, de calendario o no. ¿Existe alguna ley que obligue a colocárselas?
    Desde ya gracias.

    1. Claudia, existe y está vigente la ley 15272 de 1982 que impuso OCHO vacunas obligatorias. Pero sin ley, el MSP agregó SEIS más al CEV, lo cual es inconstitucional. Lo importante es que esa obligatoriedad no es aplicable en el contexto asistencial ni tampoco en el educativo. En el asistencial, porque la Cartilla de Derechos y DEBERES del afiliado que está disponible en las web de TODOS los prestadores de salud, no establece que la vacunación sea un DEBER para recibir asistencia. Por eso ni para las intervenciones quirúrgicas es requerida. En el contexto educativo sucede que la ley general de educación 18437 es un derecho humano FUNDAMENTAL y eso implica que no se puede condicionar a nada. Por eso ni menciona a las vacunas. Ver la reciente resolución de la Institución Nal. de DDHH aquí.

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