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La mamografía es uruguaya

En los años ‘20 del siglo XX, varios grupos independientes (de Europa, Estados Unidos y Japón) investigaban sobre el uso clínico de la radiografía de la mama. Pero fue el Dr. Raúl Leborgne en Uruguay, quien desarrolló una técnica que mejoró la nitidez de las radiografías de mama. En 1953 describió un procedimiento que consistía en ajustar el haz de rayos X, aplanar el seno durante la radiografía, tomar imágenes desde múltiples ángulos y usar una película más sensible.

En 2006 por decreto 571/006 del entonces presidente y oncólogo Tabaré Vázquez, se incluyó la mamografía (y el PAP) en el carné de salud y se estableció su gratuidad para las mujeres entre 40 y 59 años. El carné de salud es requerido para diversos trámites y en consecuencia por este decreto la mamografía se convirtió en obligatoria para ejercer derechos como el trabajo, la educación y la licencia de conducir.

En 2012 una ciudadana decidió rechazar esa situación y para eso presentó una petición ante el MSP. Al no ser respondida en tiempo y forma, en 2013 se presentó ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) en un largo proceso de juicio contra el estado.

En 2015 se modificó por la ordenanza 842/015 el rango de edad de las mujeres a las cuales se les exigía la mamografía en el carné de salud y en forma gratuita. A partir de esta ordenanza ya no es para las mujeres entre 40 y 59 sino de entre 50 y 69.

En 2016 la sentencia 396/016 del TCA determinó que la mamografía (y el PAP) está sujeta al derecho del previo consentimiento establecido en el art.11 de la ley 18335 y que por lo tanto no puede ser exigible ni para el carné de salud. Y declaró inconstitucional el decreto que así lo había impuesto diez años antes, por ser contrario al art.10 de nuestra Constitución, el cual establece que “Ningún habitante de la República será obligado a hacer lo que no manda la LEY, ni privado de lo que ella no prohíbe”. Vale decir: el derecho a la libertad sólo se puede limitar por ley.

En 2019 el MSP dispuso la ordenanza 1169/019 de la que surge que la mamografía (y todos los otros estudios) no es obligatoria sino que “se recomienda”. Ver ordenanza.

En 2020 mediante un pedido de información al MSP, se obtuvo información sobre el plan nacional de detección de cáncer de mama. Ver fuente. Surge una información interesante en la página 14. Refiere a los controles de calidad sobre el servicio de imagenología de cada prestador en cuanto a la demora en informar el resultado de una mamografía y el comienzo del tratamiento o estudios complementarios. El MSP responde que no existe un baremo exigible sino que los controles responden a los incentivos económicos que reciben los prestadores a través del pago de las metas asistenciales. En la página 18, a la pregunta sobre los pagos que reciben los prestadores por presentar los indicadores asistenciales para determinar el grado de cumplimiento de la detección y atención del cáncer de mama en mujeres, la respuesta del MSP deja en evidencia que paga por:

  1. Porcentaje de mamografía en mujeres de 50 a 69 años
  2. Porcentaje de mamografías con resultado BIRADS IV y V
  3. Porcentaje de mujeres con resultados confirmatorios de cáncer de mama por anatomía patológica que inician tratamiento.

Es decir: el MSP paga por las mamografías realizadas de acuerdo a la pauta del carné de salud pero además por diagnósticos positivos y los confirmados de cáncer de mama por biopsia. No paga por ecografía mamaria ni resonancia magnética.

Tanto la mamografía como la anatomía patológica son estudios operador dependientes. En el caso de la mamografía, su calidad depende de la experiencia y formación del radiólogo que la realiza pero también del estado del equipo, que como vimos, es incierto. En el caso de la biopsia, su calidad depende de la experiencia y formación del anatomo-patólogo que examina la muestra.

Una mujer asintomática puede ser víctima de iatrogenia. Con una mamografía supuestamente positiva, se expone al grave riesgo de un falso positivo o sobrediagnóstico (si se somete a la realización de una biopsia, la cual es altamente riesgosa). Y sólo gana el prestador que cobra por los tres indicadores y más: en los controles subsiguientes… Por eso existe el 19 de octubre y todo el mes por extensión, como un evento de mercadeo alrededor del color rosa del cual se aprovechan muchas empresas cuya supuesta filantropía, dio origen al término “pinkwashing” para denominar el “lavado de cara” con que la adhesión a la campaña rosa les permite encubrir la expansión de sus ventas.

La radiación ionizante es carcinogénica. Aplicar radiación a una mujer asintomática para detectar “precozmente” lo que la misma radiación puede producir, ¿no es fraudulento? Hay publicaciones científicas que apuntan a que el cáncer de mama depende de la cantidad de mamografías previas a su detección. Ver Corcos-2017, Corcos-Bleyer-2020.

Y ya informamos sobre el estado de los mamógrafos uruguayos, los cuales no brindan garantías a las usuarias.

La salud no es negocio. Por eso no se promueve la prevención, esto es: evitar enfermar. La enfermedad es el negocio, puesto que permite facturar servicios. Por eso la detección precoz es un fraude muy redituable, ya que transforma sanos en enfermos.

El marketing de la detección precoz explota el miedo a la enfermedad y a la muerte. Cuando alguien explota esos miedos para su propio beneficio, hay que desconfiar.

NOTA: El sistema Breast Imaging Reporting and Data System (BI-RADS) es un método para clasificar los hallazgos mamográficos. Permite estandarizar la terminología y categorizar las lesiones.

El estado de los mamógrafos uruguayos

¿Por que preocupa el estado de los mamógrafos en Uruguay? En 2008 se realizó un relevamiento de mamógrafos en el país en el marco de una tesis de postgrado pero patrocinado por el MSP. Su autora, la Dra. Rosario Berterretche, analizó la información de los 62 que había a ese momento. La mayoría de ellos habían sido adquiridos de segunda mano. Sólo DOS estaban en garantía del fabricante. Y había algunos de más de 35 años en funcionamiento.

Según Berterretche, un mamógrafo de más de 10 años de antigüedad es considerado obsolescente. ¿Por qué en 2008 había mamógrafos de más de 35 años en Uruguay?

La adquisición de equipos médicos (nuevos o reciclados) está regulada por un viejo decreto de 1989. Pero por una ordenanza posterior, en 2001 el entonces ministro de Salud Pública Dr. Luis Fraschini, intentó impedir la adquisición de equipos de segunda mano, atendiendo las recomendaciones del consultor de OMS Dr.M.Ramón Baeza para un plan de optimización de la radioterapia en Uruguay. Pero los intereses privados accionaron y lograron el recambio de ministro, quien desactivó ese impedimento. En el capítulo VII (página 47) del libro “La muerte nuclear. Uruguay en alto riesgo. Los desaparecidos de la radioterapia” encontramos el relato documentado de todos esos entretelones. Por un comunicado de 2002 del ministro de Salud Pública Dr. Alfonso Varela y con la firma del Dr.Miguel Angel Toma, se reactivó la importación de equipos usados para radioterapia. Por eso son noticia cuando se informa que su antigüedad supera la admitida por los estándares internacionales y además operan sin la habilitación correspondiente. La adquisición de equipos usados para radiodiagnóstico nunca estuvo en discusión.

Recién en 2013 por la ley N° 19.056 se fijaron las normas tendientes a asegurar la protección y la seguridad radiológica de personas, bienes y medio ambiente, así como también las competencias de la Autoridad Reguladora Nacional de Radioprotección del Ministerio de Industria, Energía y Minería (ARNR-MIEM). En el marco del juicio contra la mamografía obligatoria en el carné de salud ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, se le requirió por oficio la actualización del inventario de mamógrafos en Uruguay obtenido en 2008 por Berterretche. La ARNR respondió que había “76 aproximadamente. El incremento de 62 a 76 «aprox» mamógrafos en 5 años fue consecuencia directa de decretar la inclusión de la mamografía en el carné de salud. Pero la ley no modificó las condiciones para la adquisición de los equipos médicos que usan radiación ionizante.

En setiembre de este año, desde LSuy decidimos obtener la actualización de los mamógrafos y su estado. Realizamos en simultáneo el mismo pedido de información a ambas autoridades responsables en la materia: MSP y MIEM-ARNR. El MSP reportó 82 mamógrafos y el MIEM declaró 79. ¿Cuántos hay en realidad? Si los equipos de radioterapia operan sin habilitación no es de extrañar esa incoherencia entre ambos registros.

Tal como explicamos en nuestro informe anterior “Mamógrafos fuera del radar”, el objetivo de preguntar a ambos lo mismo era conciliar la información. Pero lo que se obtuvo es sorprendente y preocupante. Ninguno de los dos organismos proporcionó la fecha de fabricación de los equipos, por lo que no se puede determinar la edad promedio a hoy y comparar con la que surgía del relevamiento de Berterretche en 2008. Ignoramos si los que tenían 35 años ya no están o siguen en funcionamiento 14 años después…

Descubrimos la Directiva Europea de 2013 que establece normas de seguridad para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes. Allí consta que “En la práctica veterinaria, está aumentando el uso de radiaciones ionizantes para obtención de imágenes, a menudo con equipos de segunda mano procedentes del sector médico”. Es decir: en Europa los equipos para radiodiagnóstico descartados que no venden a países como Uruguay, son usados en la clínica veterinaria.

Además todos los estudios realizados en países desarrollados para probar los beneficios del cribado mamográfico, deben haber usado mamógrafos nuevos, lo cual determina que sus resultados no pueden ser extrapolados al contexto uruguayo para promocionar la realizacion de mamografía pero con equipos obsoletos.

Además encontramos que en 2016 la OPS publicó “Garantía de calidad de los servicios de mamografía: normas básicas para América Latina y el Caribe. Tiene un breve apartado en la página 34 dedicado a las unidades de mamografía recibidas por donaciones o compradas usadas. Advierte sobre las consideraciones que se debe tener en cuenta para cumplir con la normativa que las regula, que como ya vimos, en Uruguay favorece a los empresarios pero no a las usuarias.

Es incierto el número de mamógrafos en funcionamiento en Uruguay y más incierto aún es su estado. La dudosa calidad de las mamografías que ellos producen condiciona la vida de las mujeres que confían en ella…

Mamógrafos fuera del radar

El 19 de octubre es el día internacional de Concientización del Cáncer de Mama. Pero se extiende por todo el mes. La campaña que suele realizarse, enfoca en convocar a las mujeres a la realización de la mamografía.

Entonces, parece oportuno saber algunas cosas. ¿Cuántos mamógrafos hay en Uruguay? ¿Cuáles son? ¿Dónde están? Y, lo más importante: ¿en qué estado están? Estas cuestiones quisimos investigar y para ello, realizamos sendos pedidos de acceso a la información pública tanto al Ministerio de Salud Pública (MSP) como al Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM). Al primero como regulador de los servicios de salud y al segundo como regulador del equipamiento médico que usa radiaciones ionizantes.

Habiendo recibido ambas respuestas, (MSP y MIEM) primero las analizamos por separado para asegurarnos de que contenían la información que habíamos solicitado. Constatamos así que ambas, increíble y coincidentemente, omitieron informar el año de fabricación de cada equipo. Además, grande fue nuestra sorpresa al constatar que ambos organismos registran totales diferentes: el MIEM informa de la existencia de 79 equipos y el MSP de 82.

El MSP agregó algo por su cuenta: la condición del «estado», que para 15 mamógrafos dice «NO FUNC», lo que interpretamos como que tienen constancia de su existencia, pero no estarían en funcionamiento, a diferencia del resto. Damos por obvio que el MIEM informó sólo los mamógrafos en funcionamiento, puesto que era lo que pretendiamos.

Luego procedimos a la conciliación de 79 vs 82 mamógrafos. Pero no fue tarea sencilla.

La conciliación la hicimos por ubicación (departamento y localidad), institución y marca/modelo del equipo. Así obtuvimos un listado de 94 mamógrafos. Del mismo resulta que el MIEM tiene 12 que no registra el MSP y el MSP tiene 15 que no registra el MIEM y que no son los mismos que el MSP tiene como “NO FUNC”. O sea que 27 mamógrafos no se pueden conciliar.

Y peor aún. De los 67 mamógrafos conciliables, ¡solo 19 coinciden en la descripción de los mismos! Son los resaltados en verde en el cuadro adjunto (ver conciliación). Los 48 restantes, difieren desde errores tipográficos en el fabricante, ¡hasta marcas y modelos completamente diferentes!

Sin entrar a considerar si el estudio mamográfico es la herramienta idónea para la detección del cáncer de mama, podemos estar de acuerdo en que es una técnica radiológica especialmente compleja dada la gran variabilidad de la estructura mamaria. Por ello, es fundamental la obtención de imágenes de calidad, siempre con el mínimo de radiación posible dada la peligrosidad de la misma. Y para ello es indispensable el adecuado mantenimiento de los equipos. Pero ¿cómo se realiza el control de ese mantenimiento, si ni siquiera se tienen correctamente identificados los equipos a controlar?

En términos corrientes, para realizar el mantenimiento de un auto se debe considerar la información de fábrica, esto es: su marca, modelo y año de mantenimiento. No es lo mismo un Volkswagen que un Peugeot. Ni es igual un Volkswagen Gol que un Polo, aunque sean todos del mismo año de fabricación. Y en segundo lugar se deberá tener en cuenta el kilometraje que denota el uso y probable desgaste de sus componentes. Si cada auto viene con un manual de mantenimiento donde el fabricante establece cada cuántos kilómetros se deben hacer tales y cuales controles, ¡qué no estará establecido para los equipos médicos que emiten radiación ionizante!

En Uruguay, los responsables del control de los mamógrafos no solo no tienen identificados los mamógrafos que habilitan para su uso, sino que además eluden informar el año de fabricación de los mismos y que les habíamos requerido, a sabiendas de que la vida útil de un mamógrafo está sujeta a criterios internacionales que la limitan.

Además, ahora que sabemos de 15 mamógrafos fuera de funcionamiento, nos preocupa que persistan desatendidos en los prestadores de salud que el MSP informa, en lugar de haber sido sometidos a los protocolos para su descarte, protocolos que suponemos han de ser muy estrictos en cumplimiento de estándares internacionales reconocidos para ello.

Desde LSuy promovemos la difusión de los derechos en materia sanitaria sin tomar partido por las opciones disponibles porque respetamos el derecho a la libertad para decidir de cada quien. Pero esto que hoy compartimos, no tiene dos lecturas ni dos puntos de vista. La gravedad de las inconsistencias descriptas, derivadas rigurosamente de la información proporcionada por las dos autoridades consultadas y sin interpretación alguna de nuestra parte, es descomunal.

Apostamos a la más amplia difusión de este informe, para que las mujeres eviten exponer su salud al riesgo de equipos sin controles de calidad: mamógrafos fuera del radar.

Muertes x covid en vacunados con 5 dosis

Desde que se empezó a vacunar contra COVID19 en marzo de 2021, han ocurrido muchas muertes, en particular por esa enfermedad aún en gente vacunada. Para defender la efectividad de la vacuna, durante mucho tiempo el gobierno se encargó de difundir que las muertes en NO vacunados superaban a las de los vacunados. Pero las sospechas llevaron a mucha gente a hacer pedidos de informes al MSP que eludían responder hasta que, en uno que se llegó hasta las últimas consecuencias, la Suprema Corte de Justucia mandató al MSP a revelar los datos que se le solicitaban.

En la actualidad y gracias a esa sentencia, el MSP está contestando todos los pedidos de información relativa a muertes y estado vacunal de los fallecidos, siempre solicitados por ciudadanos al amparo de la ley 18381 de acceso a la información pública, ya que el MSP por iniciativa propia no los publica.

Es así como por el expediente identificado con 12/001/3/6161/2022 iniciado por Fernando Vega Torrens, se obtuvo información sobre los fallecimientos por COVID19 entre enero y mayo de 2022. De ese informe resulta 1065 fallecidos y de acuerdo a este esquema de dosis:

Los fallecidos vacunados son 604, que superan los 461 fallecidos sin vacunar. Además llama la atención el fallecimiento por COVID19 de dos mujeres vacunadas con 5 dosis de esas vacunas.

Estos dos casos impactan porque revelan el nivel de miedo de esas personas al que sucumbieron y por eso aceptaron 5 dosis que les fallaron, ya que fallecieron por la misma enfermedad contra la que se habían vacunado tanto. Pero hay 10 casos de fallecidos con una dosis el mismo día que la recibieron y 24 al día siguiente. Y así sucesivamente se contabilizan más muertos vacunados y con varias combinaciones de vacunas y dosis.

Es realmente sorprendente el silencio de los medios y la indiferencia sobre estos datos oficiales. No se trata de conspiración de los ciudadanos que optaron por desconfiar de las vacunas. Se trata de información cruda y dura en poder de la autoridad que indujo a vacunar bajo engaño a todos los ciudadanos.

Indiferencia negligente de nuestros legisladores que como deshonrosos representantes del pueblo, no son capaces de interpelar a los laboratorios que vendieron las vacunas a Uruguay ni ante el Mercosur, como sucedió en el parlamento europeo y se ve en el siguiente video:

Robert Roos, es el eurodiputado holandés que interrogó a Janine Small, presidenta regional de vacunas de Pfizer en los mercados internacionales. Small cubrió la ausencia de Albert Bourla, director ejecutivo de la farmacéutica, en el Comité Especial sobre la pandemia de COVID-19 que se celebró el pasado 10 de octubre en el Parlamento Europeo. 

Es indiferente la cantidad de dosis que uno reciba para protegerse de la enfermedad grave y evitar morir por covid. La vacuna tampoco fue probada para impedir el contagio de otro vacunado aunque sea con una sola dosis.

La diferencia entre vacunarse contra COVID19 y no hacerlo, es la plata que enriquece a algunos.

Daños por vacuna contra VPH en Uruguay

En agosto pasado la Comisión Nacional Asesora en Vacunas del MSP dispuso un cambio en la administración de la vacuna contra el VPH que se recomienda en el certificado esquema de vacunación (CEV). Según consta en el acta de la reunión, la nueva recomendación es:

A los efectos de tomar una decisión informada sobre la aplicación de esta vacuna, recomendamos analizar sus consecuencias a partir de los efectos supuestamente atribuibles a vacunas a inmunizaciones (ESAVI) que ha producido en la población de Uruguay desde 2013. De una solicitud de información realizada al MSP, surge el siguiente cuadro:

El caso de neuromielitis óptica ocurrió en 2018 y la víctima fue la hija de la ex senadora Verónica Alonso, como se puede verificar en el siguiente testimonio:

Las vacunas NO SON obligatorias en Uruguay. Todas las vacunas están sujetas al derecho del previo consentimiento establecido en el art.11 de la ley 18335, tal como lo reconoce el MSP en esta resolución.

Testimonio 3: falso positivo confirmado

Nicolás tenía programada una intervención quirúrgica para el martes 4 de octubre en la Asociación Española. El lunes 3 lo convocaron para hisoparse a lo que él manifestó su rechazo pero le indicaron que era obligatorio previo a la intervención. Le hicieron el test rápido de antígenos que en pocos minutos arrojó como resultado un POSITIVO en función del cual automáticamente le cancelaron la intervención. Le indicaron que se la reagendarían para el mes siguiente. Nicolás se sentía en perfecto estado de salud (en relación a COVID19) y no estaba dispuesto a aceptar la cancelación de la intervención que necesitaba desde tiempo atrás. De inmediato se realizó un PCR a su costo el cual arrojó como resultado un rotundo NEGATIVO. Se presentó con él nuevamente ante la Española pero no se lo aceptaron invocando su propio «protocolo». Al menos accedieron a hacerle el mismo test: un PCR en lugar el antígeno. Su resultado fue NEGATIVO y por lo tanto confirmó que el antígeno había proporcionado un FALSO POSITIVO. Admitiendo que en esa condición correspondía someterse a la interveción cancelada y gracias a la firme decisión de Nicolás, logró reagendarla para la misma semana en lugar de aguardar al menos un mes. Nicolás ya está en su casa, convalesciendo de la intervención y nos compartió este video testimonial junto a las imágenes del maracanazo 2-1 de los hisopados covidianos con que logró defender su derecho.

Resultado FALSO POSITIVO del antígeno de la Asociación Española
Resultado NEGATIVO de PCR-RT del Institut Pasteur
Resultado NEGATIVO de PCR-RT «protocolizado» de la Asociación Española

Testimonio 2: firme contra el hisopado

Compartido por Guzmán el 11 de octubre de 2022 en nuestro grupo de Telegram:

«Buen día para todos!!

Quiero contarles que acabo de salir del estudio (fibrolaringoscopia) sobre el que consultaba el domingo por la supuesta obligación de hacerme un pcr antes.
No asistí a mi cita con el hisopo, me llamaron ayer pero no les atendí, y hoy vine, todo pertrechado de ley y estatutos… y nadie me pidió nada, ni hicieron alusión. De hecho me dijo la doctora que lo que tengo es “fruto del stress y el reflujo, nada de que preocuparse… “ si supiera todo el stress que me viene trayendo esta situación… 🤣😂..
bueno, nada, todo como debió ser siempre.

Gracias por el respaldo! Que tengan todos un buen día»

Testimonio 1: al borde de la muerte

Compartido por Andi Belt el 11 de octubre de 2022 en nuestro grupo de Facebook:

«Buenas, querido grupo. Les quiero compartir una experiencia reciente: hace tres semanas fui a urgencia del Casmu por dolores abdominales y vómitos. Me hicieron una ecografía y tenía una piedra en la vesícula de 3 cm y el resto barro. Me pasaron a cirujano y recomendó operación de urgencia por riesgo de colecistitis (obstrucción) que podría transformarse en pancreatitis con riesgo de vida. Antes de ingresarme para la cama preoperatoria me hicieron un test covid y dio positivo, obviamente yo sin síntomas. Resolvieron mandarme para mi casa y por no estar vacunado me trataron horrible y me dieron el plazo máximo para volver, 15 días (a los vacunados los dejan volver a los 5). Cuestión que mi situación empeoró y 6 días de infierno en mi casa retorciéndome de dolor y casi sin poder comer hicieron que me presentara nuevamente en urgencias. Me trataron horrible nuevamente pero logre pasar a un sillón después de mucho insistir a la doctora que hace el primer filtro y de milagro la lotería del test me dio negativo y 6 horas más tarde pude acceder a sala preoperatoria. Cuestión que por aquella gracia de mandarme a casa la semana anterior se había formado la obstrucción y de no haber vuelto a urgencias podría haberse transformado en pancreatitis o haber muerto por infección. Ahora estoy operado y convaleciente, un poco más tranquilo pero con un sabor amargo por el destrato y la discriminación. Quería compartir esta pesadilla con el grupo y leer sus opiniones y testimonios porque mi ánimo no es el mejor ya que las secuelas del maltrato no se van de un día para otro. Saludos y gracias por leerme.»

PAP y abuso sexual

En julio nos escandalizábamos porque un anestesista había violado a una paciente mientras era sometida a una cesárea en Brasil. La noticia está ampliamente documentada en la web.

En Uruguay se acosa a las mujeres con el supuesto PAP obligatorio. Si un motivo les faltaba a las mujeres para oponerse a dicha obligatoriedad ilegal y rechazar la realización del PAP, era el abuso sexual durante una consulta ginecológica.

Con fecha 30/9/2022 se hizo pública la sanción al Dr. Alejandro Jabib por parte del MSP con seis meses de suspensión en el ejercicio de su profesión. El rechazo de sus pares no se hizo esperar.

Una afiliada a la Sociedad Médica Universal habría sido víctima de un trato fuera de lo común en la policlínica PREMED. Realizada la denuncia, el Tribunal de Ética del Colegio Médico del Uruguay se expidió en contra del médico, quien apeló la sentencia pero el tribunal de alzada la confirmó. Finalmente el MSP dispuso la segunda sanción.

Cuando tomamos conocimiento de ambas sentencias (Tribunal de Ética Médica y Tribunal de Alzada) y la resolución del MSP, las publicamos en las redes. Pero cuando los interesados intentaron acceder, ya no estaban disponibles. Por eso desde LSU se pone a disposicion los tres documentos para asegurar permanentemente su divulgación.

Sentencia 1a instancia del TEM

Sentencia 2a instancia del TA

Resolución MSP